capitulo 3.6 - Del Régimen opcional para grupos de sociedades
Artículo 3.6.8
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.6 - Del Régimen opcional para grupos de sociedades
Referencias legales
LISR 59, 70
LISR 59 70
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 70, fracciones IV y V, inciso b) de la Ley del ISR, las sociedades integradoras e integradas que tributen en el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades a que se refiere el Título II, Capítulo VI de la Ley del ISR, deberán presentar la declaración del ejercicio a través de la forma oficial 23 “Declaración anual. Personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades. Integradas e integradoras” contenida en el Anexo 1.