RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.9 - De las facultades de las autoridades fiscales
Referencias legales
CFF 33, 41, 81, 82
CFF 33 41 81 82
Párrafo 1
Cuando las personas físicas o morales reciban una carta invitación o exhorto, mediante la cual, cualquier autoridad del SAT solicite se acredite el cumplimiento a las disposiciones fiscales, podrán realizar la aclaración correspondiente ante la autoridad que haya emitido la referida carta o exhorto, de conformidad con el procedimiento que en la carta o exhorto se haya establecido. Para los efectos de los artículos 33, fracción IV, inciso b), 41, 81 y 82 del CFF, tratándose de comunicados, multas o requerimientos para promover el cumplimiento de obligaciones en materia de presentación de declaraciones, emitidos por la Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento o las ADR, los contribuyentes podrán realizar la aclaración correspondiente conforme a la ficha de trámite 113/CFF “Aclaración de requerimientos, multas o comunicados de obligaciones omitidas por motivo de la vigilancia del cumplimiento en materia de presentación de declaraciones”, contenida en el Anexo 2.